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EN PERSPECTIVA - Radio El Espectador.
Viernes 15 de junio de 2001 - Hora 09.05
Vea también las intervenciones de Daniel Mordecki y Marcelo Felder (Palacio de la Música y CD Warehouse).
EC - La Asociación Uruguaya de Empresas de Servicio Expreso presentó ayer un recurso de revocación y jerárquico contra la cuestionada orden interna de servicio 2/01 de la Dirección Nacional de Aduanas, que implementó estos gravámenes a las encomiendas postales que no constituyan obsequios familiares.
Está en línea Margarita Hughes, presidenta de la institución.
¿Por qué esta medida, por qué emprenden este camino?
MARGARITA HUGHES:
Seguimos insistiendo en que aquí hay una deformación de la descripción del significado de lo que es una encomienda sin fines comerciales, que está en el artículo 115 del código aduanero. Creo que esto se ha circunscripto a envíos familiares. Hay una situación muy difícil; ayer tuvimos una reunión bastante interesante con el director de Aduanas y la directora de Tributaciones, en la que algunas cosas fueron aclaradas. Pongo un ejemplo: si mañana compro en un bazar de Montevideo un obsequio para usted y se lo mando, ¿es un obsequio o no? La Aduana nos dice que si viene con factura comercial no se puede considerar un obsequio. Nosotros no podemos transportar mercadería que no tenga factura. Pero ése no es exactamente el punto. Nosotros tenemos memoria y hemos oído al presidente Batlle cuando habló diciendo que había que hacer la apertura del país, que mientras no legislaran en países desarrollados sobre las compras por Internet aquí no se haría absolutamente nada. Ayer tuve acceso a un reporte de la Aduana estadounidense que dice que incluye y utiliza la palabra Internet -que en este país aparentemente es un tabú-, e-commerce, diciendo que la gente que hace compras en el exterior vía catálogo o vía Internet está exenta de pago de derechos y duty-free hasta 200 dólares.
EC - Esa es una puntualización importante, el marco legal existente en otros países para este tipo de envíos, cuando estas encomiendas ingresan a otros países, por ejemplo a Estados Unidos.
MH - En el caso específico de Estados Unidos ayer tuve acceso a la información -que estoy haciendo traducir ahora porque empezamos anoche y este tema nos demanda 14, 15, 18 horas por día- que dice específicamente que la persona que compre vía catálogo o vía Internet puede tener duty-free hasta 200 dólares. Nosotros no vamos a desubicarnos con respecto a la situación de este país, no pretendemos una cifra de 200 dólares; en su momento se barajó una de 100, pero considero que lo único que estamos pidiendo es para favorecer al pequeño o mediano ciudadano que pueda seguir comprando cosas que aquí no existen con exoneración impositiva solamente hasta los 50 dólares.
En este momento tenemos otra situación que también es interesante. Para el caso del artículo 330, que regula el régimen de encomiendas, en ese mismo decreto figura que si usted trae una muestra al país de un valor de entre 50 y 100 dólares solamente tributa el excedente de los 50. Pero nos hemos encontrado con situaciones en que cuando vamos a decir si una muestra vale 80 dólares hay que pagar por el excedente de 30 y los sistemas de la Aduana no lo permiten. Ayer se lo planteamos al director y aparentemente habrá correcciones al respecto. Como no tenemos la descripción exacta de qué es una encomienda familiar, un regalo familiar, la encomienda postal, está muy confuso, se la solicitamos al director que dijo que entre jueves y viernes, seguramente el lunes, tendremos una descripción más en blanco y negro de cuáles son los parámetros de lo que se considera una encomienda postal, bajo qué reglas.
EC - De todos modos, ustedes presentaron un recurso de revocación.
MH - No solamente presentamos el recurso, sino que nos vamos a seguir moviendo. Hoy estamos pidiendo una entrevista con el presidente Batlle.
EC - Argumentan que este tema tiene que regularse por ley.
MH - Consideramos que sí, que hay una ley, el Código Aduanero del año 1985, 15.961, donde directamente se describe la encomienda sin fines comerciales, dice que es para uso personal, donde no haya una continuidad de compra. Ayer le ofrecimos a la Dirección de Aduanas crear un programa con nuestra colaboración para poder controlar la asiduidad y periodicidad con que la gente compra por Internet. Se lo dejamos al señor director, esperaremos ver qué responde. Vamos a seguir moviéndonos por todos lados. Había un procedimiento que duró 10 años. Estamos de acuerdo en que hay abusos, pero hay abusos en los cruces de frontera, en el puerto, en las zonas francas, hay abusos en todas partes, porque desgraciadamente en este país el contrabando es un hecho. Pero nosotros consideramos que una de las operativas más cristalinas que hay, si es controlada por la Aduana, como tiene que ser controlada, es la nuestra, donde queda el nombre de la empresa donde se compra y la dirección y el teléfono, qué compró el destinatario. La Aduana tiene todo el control; si encuentra este hecho de los zapatos del pie derecho y el pie izquierdo supuestamente tiene todos los datos para ir a ese comerciante, que es el que está defraudando no solamente al Estado sino también a nosotros, porque también nos toman el pelo a nosotros, los transportistas.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Julieta Sokolowicz
Vea también las intervenciones de Daniel Mordecki y Marcelo Felder (Palacio de la Música y CD Warehouse).
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